Los Derechos de la Propiedad Intelectual tienen fundamento en el artículo 27 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que estipula el derecho a beneficiarse de la protección de los intereses morales y materiales resultantes de la autoría de las producciones científicas, literarias o artísticas. La protección del derecho de propiedad intelectual tiene como objetivo preservar a los creadores intelectuales, otorgándoles el derecho de controlar, por tiempo limitado, el uso de sus creaciones.
En nuestro país la propiedad intelectual se divide en:
Derechos de autor: obras literarias, obras musicales con o sin letra, obras dramáticas, danza, pictórica o de dibujo, caricatura e historieta, arquitectónica, cinematográfica y demás obras audiovisuales, programas de radio y televisión, programas de cómputo, fotográfica, obras de arte aplicado y más.
Propiedad industrial: otorgamiento de patentes (productos o procesos que demuestra ser nuevo a nivel internacional), registro de modelos de utilidad (son modificaciones realizadas a inventos, herramientas y maquinaria ya existente para mejorar su desempeño), diseños industriales (modelos industriales, el dibujo industrial), esquemas de trazado de circuitos integrados, secretos industriales, la marca, el aviso comercial, el nombre comercial, denominación de origen e indicaciones geográficas.
Mi equipo legal y yo estamos al día en cuanto este tema de gran interés y relevancia para el público en general que quiera:
Asesoramiento sobre registro de marcas y patentes
Elaboración y revisión de contratos
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Asesoría en el procedimiento administrativo de infracción, caducidad y nulidad
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Gestión de trámites y defensa ante el INDAUTOR e IMPI